Condiciones internacionales de venta para clientes no residentes en Alemania
I. Aplicación de las Condiciones Internacionales de Venta
1. Las presentes Condiciones Internacionales de Venta se aplicarán a todos los clientes de H. & J. Brüggen KG -en lo sucesivo, Brüggen- siempre que el correspondiente establecimiento del cliente no se encuentre en Alemania. Para los clientes cuyo establecimiento se encuentre en Alemania, se aplicarán las condiciones generales de venta de Brüggen, que se enviarán a petición del cliente. En cada caso, el establecimiento pertinente es el que celebra el contrato en nombre propio.
2. Las presentes Condiciones Internacionales de Venta se aplicarán a todos los contratos celebrados con el cliente a partir del 1 de diciembre de 2017 cuyo objeto preponderante sea el suministro de mercancías al cliente. Las obligaciones adicionales asumidas por Brüggen no afectan a la aplicación de las presentes Condiciones Internacionales de Venta.
3. Las condiciones comerciales del cliente que entren en conflicto o difieran de estas Condiciones Internacionales de Venta o de las disposiciones aplicables según el apartado IX.-2. o IX.-3. no vincularán a Brüggen, aunque Brüggen no se oponga a ellas o aunque Brüggen preste o reciba incondicionalmente la prestación del cliente.
4. Las presentes Condiciones Internacionales de Venta no serán de aplicación si el cliente adquiere la mercancía para uso personal, familiar o doméstico y si Brüggen tenía o debía tener conocimiento de ello en el momento de la celebración del contrato.
II. Celebración del contrato
1. El cliente está obligado a informar por escrito a Brüggen antes de la celebración del contrato si
– los bienes a entregar no sólo deben ser aptos para un uso normal o el cliente realiza el pedido partiendo del supuesto de un fin determinado o sus expectativas se basan en declaraciones públicas, mensajes publicitarios u otras circunstancias ajenas a la formación del contrato concreto,
– los bienes a entregar se utilizarán en circunstancias poco habituales o que presenten un riesgo particular para la salud, la seguridad o el medio ambiente, o que requieran un uso más exigente,
– exista un riesgo de daños atípicos o de pérdidas de cuantía inusual, en particular que superen los límites establecidos en la sección VII.-1.-d), del que el cliente tenga o deba tener conocimiento o
– la mercancía a entregar se utilizará en Alemania o se entregará a clientes del cliente residentes en Alemania.
2. Los pedidos del cliente se formularán por escrito. Si el pedido del cliente se desvía de la propuesta o de la oferta presentada por Brüggen, el cliente destacará las diferencias como tales.
3. Todos los pedidos, en particular también los recibidos por empleados de Brüggen, surtirán efecto exclusivamente si van seguidos de una confirmación por escrito del pedido por parte de Brüggen. La entrega efectiva de la mercancía pedida, cualquier otro comportamiento de Brüggen o el silencio por parte de Brüggen no permiten al cliente asumir la formación del contrato. Brüggen puede enviar dicha confirmación del pedido por escrito hasta catorce (14) días naturales, inclusive, después de que Brüggen haya recibido el pedido del cliente. Hasta ese momento, el pedido del cliente será irrevocable.
4. La confirmación por escrito del pedido por parte de Brüggen se considerará recibida a tiempo, si el cliente la recibe dentro de los catorce (14) días naturales siguientes a su fecha de emisión. El cliente informará a Brüggen sin demora por escrito, si el acuse de recibo por escrito del pedido se recibe con cierto retraso.
5. La confirmación por escrito del pedido por parte de Brüggen establece todas las condiciones del contrato y lo hace efectivo incluso en el caso de que, a excepción de la descripción o el precio de la mercancía y la cantidad a suministrar, la confirmación por escrito no coincida en todos los aspectos con las declaraciones del cliente, especialmente en lo que se refiere a la aplicación exclusiva de estas Condiciones Internacionales de Venta. El contrato sólo dejará de existir si el cliente objeta por escrito que el acuse de recibo del pedido por parte de Brüggen no concuerda completamente con las declaraciones del cliente, el cliente especifica las desviaciones por escrito y si la objeción es recibida por Brüggen en un plazo breve, a más tardar siete (7) días naturales, tras la recepción del acuse de recibo por escrito del pedido por parte del cliente.
6. Los deseos particulares del cliente, es decir, las expectativas particulares del cliente en relación con el uso o el estado de la mercancía, las garantías en relación con la mercancía o el cumplimiento del contrato, así como las declaraciones de prestaciones, los manuales de instrucciones o la información relacionada con la seguridad solicitada por el cliente en forma electrónica o impresa, requieren en todo caso la confirmación expresa por escrito de Brüggen.
7. Las confirmaciones del contrato producidas por el cliente carecerán de efecto sin que sea necesaria ninguna objeción por parte de Brüggen. En particular, ni la entrega efectiva de la mercancía, ni cualquier otro comportamiento de Brüggen, ni el silencio por parte de Brüggen darán lugar a que el cliente crea en la relevancia de su confirmación.
8. Los empleados, agentes comerciales u otros intermediarios de venta de Brüggen no están autorizados a prescindir de la exigencia del acuse de recibo por escrito del pedido por parte de Brüggen ni a realizar promesas que difieran de su contenido o garantías. Si dichas personas están autorizadas a realizar o recibir declaraciones con efecto a favor o en contra de Brüggen, y en qué medida, se determinará conforme al derecho alemán.
9. Las modificaciones del contrato celebrado requieren siempre la confirmación por escrito de Brüggen.
III. Obligaciones de Brüggen
1. En caso de incumplimiento de entrega por parte de sus proveedores, independientemente de una operación de cobertura congruente o de una exención según el apartado VII.-1. b) Brüggen debe entregar la mercancía especificada en la confirmación escrita del pedido y transferir la propiedad de la mercancía. Brüggen no está obligada a cumplir obligaciones que no estén indicadas en la confirmación escrita del pedido por parte de Brüggen o en estas Condiciones Internacionales de Venta, en particular, Brüggen no está obligada, si no se ha acordado explícitamente por escrito, a dar información sobre la mercancía, a facilitar documentos o certificados sobre la mercancía, a suministrar accesorios, a instalar dispositivos de seguridad adicionales, a realizar montajes o a asesorar al cliente.
2. Las obligaciones de Brüggen derivadas del contrato celebrado con el cliente se deben exclusivamente al cliente. Los terceros no implicados en la formación del contrato, en particular los clientes del cliente, no tienen derecho a exigir que se les realice la entrega o a hacer valer cualquier otra reclamación derivada del contrato del cliente con Brüggen. El cliente concede a Brüggen una indemnización ilimitada frente a todas las reclamaciones presentadas por socios contractuales del cliente contra Brüggen invocando el contrato celebrado entre Brüggen y el cliente. El derecho del cliente a recibir la entrega sigue existiendo aunque ceda derechos a terceros.
3. Teniendo en cuenta las tolerancias habituales en el comercio, Brüggen se compromete a entregar al cliente mercancías del tipo y cantidad acordados que cumplan las normas comunes aplicables en Alemania y garantiza que en el momento de la entrega la mercancía esté libre de derechos o pretensiones de terceros particulares que pudieran impedir su uso dentro de la Unión Europea. Brüggen tiene derecho a realizar entregas parciales y a facturarlas por separado.
4. Si se requiere una especificación adicional en relación con la mercancía a suministrar, Brüggen la llevará a cabo teniendo en cuenta sus propios intereses y los intereses identificables y legítimos del cliente. No es necesario solicitar al cliente que especifique la mercancía o que participe en la especificación. Brüggen no se compromete a informar al cliente de la especificación que ha realizado ni a darle la opción de una especificación diferente.
5. Brüggen se compromete a poner la mercancía embalada, marcada y etiquetada según la norma alemana a disposición del cliente para su recogida FCA (Incoterms 2010) en el lugar de entrega indicado en la confirmación por escrito del pedido o -si no se indica un lugar de entrega- en las instalaciones de 23568 Lübeck/Alemania a la hora de entrega acordada. No es necesaria la separación o marcación previa de la mercancía ni la notificación al cliente de la puesta a disposición de la mercancía. En ningún caso, ni siquiera cuando se hayan acordado otras cláusulas de los Incoterms, Brüggen estará obligada a informar al cliente de la entrega o de la no recepción de la mercancía por parte de la persona designada según el apartado IV.-6., a examinar la mercancía en cuanto a su conformidad con el contrato con ocasión de la entrega, a comprobar la seguridad de funcionamiento del medio de transporte y la carga segura del transporte o a aportar la prueba de la realización de la entrega. El acuerdo de otras cláusulas de los Incoterms o de cláusulas tales como «entrega franco…….» o similares sólo implica una variación de las disposiciones relativas al transporte y a los gastos de transporte; por lo demás, las disposiciones previstas en las presentes Condiciones Internacionales de Venta siguen siendo aplicables.
6. La organización del transporte y el seguro de la mercancía más allá del lugar de entrega decisivo según el apartado III.-5. no es ninguna obligación de Brüggen, sino que incumbe al cliente. Si el cliente no da a tiempo una contraindicación por escrito, Brüggen está autorizada -incluso sin que el cliente lo haya solicitado o sin que exista tal práctica comercial- a contratar en las condiciones usuales en Alemania, en nombre del cliente y por cuenta del cliente, el transporte de la mercancía por cuenta y riesgo del cliente y el seguro del transporte hasta el destino indicado por el cliente y -si no se indica tal destino- hasta el establecimiento del cliente.
7. El cumplimiento de los plazos o fechas de entrega acordados está sujeto a que el cliente obtenga a tiempo los documentos, liberaciones, permisos, aprobaciones, licencias u otras autorizaciones o consentimientos necesarios, abra las cartas de crédito y/o efectúe los pagos a cuenta acordados y cumpla con todas las demás obligaciones que le incumban de forma correcta y a tiempo y sin demoras causadas por inspecciones previas al envío ordenadas por autoridades no alemanas. Además, los plazos de entrega acordados comienzan en la fecha del acuse de recibo por escrito del pedido por parte de Brüggen. Tras informar al cliente, Brüggen tiene derecho a realizar la entrega antes del plazo de entrega acordado o a elegir la fecha de entrega dentro del plazo de entrega acordado.
8. Sin perjuicio de sus derechos legales subsistentes, Brüggen tiene derecho a cumplir sus obligaciones después de los plazos de entrega o fechas de entrega acordados, si se informa al cliente de que Brüggen va a sobrepasar el plazo de entrega y el plazo de cumplimiento tardío. Brüggen está autorizada, bajo las condiciones mencionadas, a realizar repetidos intentos de cumplimiento tardío. El cliente puede oponerse al cumplimiento tardío dentro de un plazo razonable, si el cumplimiento tardío no es razonable. La objeción sólo será efectiva si Brüggen la recibe antes de que se inicie el cumplimiento tardío. Brüggen reembolsará los gastos adicionales necesarios, probados e incurridos por el cliente como consecuencia del retraso en el plazo de entrega, en la medida en que Brüggen sea responsable de ello en virtud de las disposiciones establecidas en el apartado VII.
9. Los riesgos relativos al precio y al cumplimiento, incluso en relación con la mercancía que no sea claramente identificable con el contrato y sin que sea necesario que Brüggen notifique al cliente la puesta a disposición de la mercancía, se transmiten al cliente con la entrega conforme al apartado III.-5., aunque independientemente de ello con la disposición de entrega por parte de Brüggen conforme a los plazos o fechas de entrega acordados originalmente, si éstos se aplazan a petición del cliente, o tan pronto como la propiedad de la mercancía se haya transmitido al cliente. La carga de la mercancía forma parte de las obligaciones del cliente. El acuerdo de otras cláusulas de los Incoterms o de cláusulas tales como «entrega gratuita…….» u otras similares implica simplemente una variación de las disposiciones relativas al transporte y a los costes de transporte; por lo demás, siguen siendo aplicables las disposiciones establecidas en las presentes Condiciones Internacionales de Venta.
10. Brüggen no está obligada a despachar la mercancía para la exportación ni a ocuparse de las declaraciones aduaneras previas. No obstante, Brüggen solicitará las licencias de exportación necesarias y se encargará de los trámites aduaneros necesarios para la exportación si el cliente así lo ha solicitado a Brüggen y ha facilitado a Brüggen los datos esenciales para la exportación en una notificación por escrito atendiendo exclusivamente a este fin. Si la mercancía no se despacha para la exportación sin culpa intencionada o negligencia grave por parte de Brüggen, Brüggen tendrá derecho a rescindir el contrato total o parcialmente sin indemnización. El acuerdo de otras cláusulas de los Incoterms o de cláusulas como «entrega franco…….» u otras similares sólo implica una variación de las disposiciones en cuanto al transporte y los costes de transporte; además, siguen siendo aplicables las disposiciones establecidas en estas Condiciones Internacionales de Venta.
11. Salvo que se acuerde expresamente por escrito algo diferente, Brüggen no está obligada a obtener pruebas de entrega, documentos, certificados, licencias u otras autorizaciones necesarias para la exportación, el tránsito o la importación, ni a lograr el despacho de seguridad de la mercancía necesario para el transporte o de otro tipo, ni a prestar asistencia al cliente para obtenerlos. El acuerdo de otras cláusulas de los Incoterms o de cláusulas tales como «entrega franco…….» u otras similares implican simplemente una variación de las disposiciones relativas al transporte y a los gastos de transporte; por lo demás, siguen siendo aplicables las disposiciones establecidas en las presentes Condiciones Internacionales de Venta.
12. Brüggen no se responsabiliza en ningún caso de las obligaciones relacionadas con la puesta a disposición de la mercancía en el mercado fuera de Alemania, de los impuestos, derechos y tasas que se devenguen fuera de Alemania, del cumplimiento de los sistemas de peso y medida, de los requisitos de embalaje, etiquetado o marcado o de las obligaciones de registro o certificación aplicables fuera de Alemania, ni del cumplimiento de cualesquiera otras disposiciones legales aplicables a la mercancía fuera de Alemania. El cliente se hará cargo, por su cuenta y riesgo, de la traducción a cualquier otro idioma que no sea el alemán de las instrucciones, indicaciones de seguridad, declaraciones de prestaciones u otros materiales escritos sobre la mercancía exigidos por ley o requeridos de otro modo.
13. Sin perjuicio de sus derechos legales subsistentes y sin que sea necesaria una notificación previa al cliente, Brüggen tendrá derecho a suspender el cumplimiento de sus obligaciones mientras, en opinión de Brüggen, existan motivos para temer que el cliente incumpla total o parcialmente sus obligaciones conforme al contrato. En particular, el derecho a suspender surge si el cliente cumple insuficientemente sus obligaciones para permitir el pago a Brüggen o a un tercero o paga con retraso o si se ha superado o se superará el límite establecido por una aseguradora de crédito con la próxima entrega. En lugar de suspender el cumplimiento, Brüggen tiene derecho, según su propio criterio, a condicionar las entregas futuras, aunque estén confirmadas, al pago por adelantado o a la apertura de una carta de crédito confirmada por uno de los grandes bancos comerciales alemanes. Brüggen no está obligada a continuar con el cumplimiento de sus obligaciones, si una garantía dada por el cliente para evitar la suspensión no proporciona una seguridad adecuada o pudiera ser impugnada en virtud de una ley aplicable.
14. Salvo lo dispuesto en el apartado III.-8., Brüggen sólo estará obligada a informar al cliente de la posible interrupción de la prestación, una vez que el inicio de la interrupción sea definitivamente cierto para Brüggen.
IV. Obligaciones del cliente
1. Independientemente de las obligaciones continuas del cliente de garantizar o posibilitar el pago, el cliente se compromete a pagar el precio acordado de la mercancía en la moneda especificada en el acuse de recibo escrito del pedido transfiriéndolo sin deducción y libre de gastos y costes a una de las instituciones financieras designadas por Brüggen. En la medida en que no se haya acordado un precio para la mercancía, se aplicará el precio que sea en el momento de la entrega el precio de venta habitual de Brüggen para la mercancía. Los empleados, agentes comerciales u otros intermediarios de venta de Brüggen no están autorizados a aceptar pagos.
2. El pago que deba realizar el cliente será exigible en cualquier caso en el momento especificado en el acuse de recibo por escrito del pedido o, si no se indica un plazo de pago, a la recepción de la factura. El vencimiento del pago se produce sin ninguna otra condición previa y, en particular, no depende de si el cliente ya ha recibido la mercancía o los documentos o ha tenido la oportunidad de examinar la mercancía. Los plazos concedidos para el pago dejarán de aplicarse y las cuentas pendientes serán exigibles para el pago inmediato, si se solicita un procedimiento de insolvencia relativo al patrimonio del cliente, si el cliente sin aportar un motivo justificable no cumple las obligaciones fundamentales debidas frente a Brüggen o frente a terceros, si el cliente ha facilitado información inexacta sobre su solvencia o en la medida en que la cobertura otorgada por una aseguradora de crédito para el cliente se reduzca por motivos no imputables a Brüggen.
3. El cliente se compromete a transportar la mercancía al extranjero, a no ceder el derecho de disposición a terceros mientras la mercancía se encuentre en Alemania y a cumplir todos los requisitos legales y documentaciones para la tramitación en relación con las leyes aduaneras y el impuesto sobre el valor añadido de la entrega o de cualquier servicio según la disposición aplicable en Alemania. En la medida en que Brüggen tenga que pagar derechos de aduana alemanes o extranjeros o el impuesto sobre el valor añadido alemán o extranjero, el cliente indemnizará a Brüggen en todos y cada uno de los aspectos sin perjuicio de que Brüggen pueda seguir reclamando. La indemnización la concede el cliente renunciando a cualquier otro requisito u otras defensas, en particular renunciando a la defensa de prescripción o caducidad, e incluye también el reembolso de los gastos en que haya incurrido Brüggen.
4. Independientemente de la moneda y de la jurisdicción de cualquier tribunal arbitral o juzgado, Brüggen tendrá derecho a compensar a su discreción los pagos recibidos con las reclamaciones existentes contra el cliente en virtud de derechos propios o cedidos en el momento del pago.
5. Quedan excluidos los derechos legales del cliente a compensar las pretensiones de Brüggen, a retener el pago o la recepción de la mercancía, a suspender el cumplimiento de sus obligaciones o a oponer excepciones o reconvenciones, salvo que la pretensión correspondiente del cliente frente a Brüggen sea en la misma moneda, esté fundada en el propio derecho del cliente y sea exigible e indiscutible o haya sido adjudicada definitivamente o que, a pesar de la advertencia por escrito del cliente, Brüggen haya cometido un incumplimiento esencial de sus obligaciones debidas y derivadas de la misma relación contractual y no haya ofrecido ninguna garantía adecuada.
6. El cliente se compromete a proporcionar a Brüggen los datos para solicitar las formalidades aduaneras según el apartado III.-10. con una antelación razonable y por escrito, a recibir la mercancía por sí mismo o por una persona designada por escrito por él a Brüggen en el plazo de entrega sin tomar ningún plazo adicional y en el lugar de entrega que resulte del apartado III.-5. y cumplirá todas las obligaciones impuestas por el contrato, por estas Condiciones Internacionales de Venta, por las reglas de la CCI para el uso de la cláusula acordada de los Incoterms® 2010 y por las disposiciones legales. El cliente sólo tendrá derecho a negarse a recibir la mercancía si resuelve el contrato de conformidad con las normas de la sección VI.-1.
7. El cliente no prometerá ni realizará ningún acto en relación con la mercancía adquirida a Brüggen, si dicho acto está prohibido en virtud de las disposiciones aplicables, en particular, del derecho de comercio exterior, incluida la normativa estadounidense de control de exportaciones. En la medida en que el cliente no esté seguro de la existencia de tales prohibiciones, deberá consultar por escrito a Brüggen.
8. El cliente controlará la mercancía adquirida a Brüggen en el mercado e informará a Brüggen sin demora y por escrito de cualquier preocupación de que la mercancía pueda suponer un riesgo para terceros. Además, el cliente informará por escrito a Brüggen, sin necesidad de requerimiento alguno, en caso de que Brüggen tenga que cumplir con obligaciones especiales de declaración o registro o de suministro de información o notificación previa u otros requisitos para el acceso al mercado o tenga que cumplir con obligaciones de conservación de documentos, en virtud de las disposiciones vigentes en el país del cliente o en el país en el que se vaya a utilizar la mercancía.
9. Independientemente de las disposiciones legales, el cliente se hará cargo por su cuenta o garantizará de cualquier otro modo la reutilización, el reciclaje de materiales o la eliminación de residuos prescrita de otro modo de la mercancía suministrada por Brüggen al cliente y del material de embalaje.
V. Entrega de mercancías no conformes o con título defectuoso
1. Sin perjuicio de las exclusiones o reducciones de responsabilidad del vendedor previstas por la ley, la mercancía no es conforme con el contrato si el cliente demuestra que, teniendo en cuenta lo estipulado en el apartado III., en el momento de la transmisión del riesgo el embalaje, la cantidad, la calidad o la descripción de la mercancía difieren significativamente de las especificaciones establecidas en el acuse de recibo por escrito del pedido o, en ausencia de especificaciones acordadas, la mercancía no es apta para el uso habitual en Alemania. Independientemente de la estipulación establecida en la frase 1, la mercancía se considerará conforme al contrato en la medida en que la normativa legal aplicable en el lugar de establecimiento del cliente no impida el uso habitual de la mercancía. Los bienes de segunda mano se entregan sin responsabilidad alguna por su conformidad.
2. En la medida en que el acuse de recibo por escrito del pedido por parte de Brüggen no contenga una declaración expresa en contrario, Brüggen no responderá en particular de que la mercancía sea apta para un uso no habitual en Alemania o de que cumpla con las expectativas de mayor alcance del cliente o de que posea las cualidades de una muestra o un modelo o de que cumpla con las disposiciones legales existentes fuera de Alemania, por ejemplo, en el país del cliente. Brüggen tampoco será responsable de la falta de conformidad con el contrato que no existiera en el momento de la transmisión del riesgo. En la medida en que el cliente, por sí mismo o a través de terceros, inicie la eliminación de disconformidades sin el consentimiento previo de Brüggen por escrito, Brüggen quedará eximida de su responsabilidad.
3. El cliente está obligado frente a Brüggen a examinar o hacer examinar exhaustivamente cada una de las entregas para detectar cualquier falta de conformidad contractual descubrible o típica y, además, según lo exigido por la ley.
4. Sin perjuicio de las exclusiones o reducciones de responsabilidad del vendedor previstas por la ley, la mercancía adolece de vicio de nulidad si el cliente prueba que la mercancía no está libre de derechos o pretensiones exigibles de terceros particulares en el momento de la transmisión del riesgo. Sin perjuicio de otros requisitos legales, los derechos o pretensiones de terceros fundados en la propiedad industrial u otra propiedad intelectual sólo constituyen una falta de titularidad en la medida en que los derechos estén registrados, hechos públicos y en vigor legal en la Unión Europea e impidan el uso habitual de la mercancía en la Unión Europea. Independientemente de la estipulación establecida en la frase 1, la titularidad de la mercancía se considerará no defectuosa en la medida en que la normativa legal aplicable en el lugar de establecimiento del cliente no impida el uso habitual de la mercancía.
5. Sin perjuicio de las obligaciones legales del cliente de notificar dentro de un plazo razonable, el cliente está obligado frente a Brüggen a notificar a Brüggen cualquier falta de conformidad con el contrato o cualquier deficiencia en la titularidad a más tardar en el plazo de un (1) año tras la recepción de la entrega de acuerdo con el apartado IV.-6. Dicha notificación deberá realizarse por escrito y directamente a Brüggen, y deberá formularse de forma tan precisa que permita a Brüggen llevar a cabo las medidas de subsanación sin necesidad de más indagaciones por parte del cliente y asegurar las reclamaciones frente a los proveedores de Brüggen y, además, conforme a lo exigido por la ley. Los empleados, agentes comerciales u otros intermediarios de venta de Brüggen no están autorizados a aceptar notificaciones fuera de las instalaciones de Brüggen ni a realizar declaraciones sobre la falta de conformidad con el contrato o de titularidad y sus consecuencias.
6. Tras la debida notificación de acuerdo con la sección V.-5., el cliente puede acogerse a los remedios previstos en estas Condiciones Internacionales de Venta. El cliente no tendrá ningún otro derecho ni reclamación de naturaleza extracontractual por la entrega de mercancía no conforme o con título defectuoso. En caso de que la notificación no se haya efectuado correctamente, el cliente sólo podrá hacer valer los recursos si Brüggen ha ocultado intencionadamente la falta de conformidad con el contrato o la deficiencia en la titularidad. Las declaraciones de Brüggen sobre la falta de conformidad con el contrato o sobre la falta de titularidad sólo tienen por objeto explicar la situación de hecho, pero no implican ninguna renuncia por parte de Brüggen a la obligación de notificación debida.
7. El cliente no tendrá derecho a reclamaciones por la entrega de mercancía no conforme o defectuosa, siempre que el cliente sea responsable frente a terceros de las condiciones de la mercancía o de su idoneidad para un uso que no sea objeto del contrato con Brüggen, o si la reclamación del cliente se basa en el derecho extranjero.
8. En la medida en que el cliente, de acuerdo con las presentes Condiciones Internacionales de Venta, tenga derecho a saneamiento debido a la entrega de mercancía no conforme o con título defectuoso, tendrá derecho a exigir, de acuerdo con los términos de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías, la entrega de una mercancía de sustitución o la reparación por parte de Brüggen, o a reducir el precio de la mercancía. La entrega de la mercancía de sustitución o la reparación no conlleva el reinicio del plazo de prescripción. La reducción del precio de la mercancía se limita a los daños sufridos por el cliente. El cliente no tiene derecho a otras reclamaciones de cumplimiento. Independientemente de los recursos del cliente, Brüggen siempre tendrá derecho, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado III.-8., a reparar la mercancía no conforme con el contrato o a suministrar una mercancía de sustitución o a evitar los recursos del cliente mediante la entrega a éste de una nota de abono por un importe adecuado.
9. En caso de reclamación injustificada de derechos por la entrega de mercancía no conforme o deficiente, aunque el cliente tenga o debiera haber tenido conocimiento de la inexistencia de la no conformidad o de la deficiencia o de que la causa de la no conformidad o de la deficiencia reclamada no es imputable a Brüggen, el cliente estará obligado a reembolsar a Brüggen los gastos ocasionados por la reclamación injustificada.
VI. Anulación del contrato
1. El cliente tiene derecho a declarar resuelto el contrato, si se cumplen los respectivos requisitos legales aplicables, después de que haya amenazado a Brüggen con la resolución del contrato por escrito dentro de un plazo razonable tras haberse producido los hechos que justifican la resolución del contrato y haya transcurrido en vano un plazo adicional de duración razonable para el cumplimiento fijado por escrito. Si el cliente reclama la entrega de una mercancía de sustitución, una reparación u otra prestación, queda vinculado durante un plazo razonable a la solución elegida, sin poder ejercer el derecho a declarar resuelto el contrato. En cualquier caso, el cliente deberá notificar por escrito y directamente a Brüggen la resolución del contrato en un plazo razonable tras el vencimiento del plazo adicional.
2. Sin perjuicio de sus derechos legales subsistentes, Brüggen tendrá derecho a resolver el contrato total o parcialmente si el cliente se opone a la aplicación de estas Condiciones Internacionales de Venta, si la ejecución o el cumplimiento del contrato están prohibidos por la ley total o parcialmente, si por motivos no imputables a Brüggen el acuse de recibo por escrito del pedido por parte de Brüggen es recibido por el cliente más de catorce (14) días naturales después de su fecha de emisión, si se solicita la apertura de un procedimiento de insolvencia sobre el patrimonio del cliente, o si por otros motivos no se puede esperar que Brüggen cumpla sus obligaciones por medios que -teniendo en cuenta sus propios intereses y los del cliente en la medida en que sean determinables y legítimos en el momento de la formación del contrato- no sean razonables, en particular en relación con la contraprestación acordada.
3. Sin perjuicio de sus derechos legales subsistentes, Brüggen tendrá derecho a rescindir el contrato total o parcialmente, previo aviso, si el cliente no realiza los pedidos aplazados según lo acordado, si no facilita a Brüggen los datos necesarios para solicitar las formalidades aduaneras a su debido tiempo, si no cumple, sin aportar una razón justificable, obligaciones fundamentales debidas frente a Brüggen o frente a terceros, si ha facilitado información inexacta sobre su solvencia o en la medida en que la cobertura otorgada por una aseguradora de crédito se reduzca por motivos no imputables a Brüggen.
VII. Daños y perjuicios
1. Sin renunciar a los requisitos legales, Brüggen sólo estará obligada al pago de daños y perjuicios por el incumplimiento de obligaciones derivadas del contrato con el cliente, de las negociaciones contractuales llevadas a cabo con el cliente o de la relación comercial con el cliente de acuerdo con las siguientes disposiciones. Estas disposiciones se aplican igualmente para todas las obligaciones de reembolso de gastos de Brüggen.
a) En primer lugar, el cliente deberá recurrir a otras vías de recurso y sólo podrá reclamar una indemnización por daños y perjuicios en caso de que la deficiencia persista. El cliente no puede reclamar daños y perjuicios como alternativa a otras soluciones.
b) Brüggen no será responsable de la conducta de proveedores, subcontratistas, transportistas o transitarios, de los daños a los que haya contribuido el cliente ni de las consecuencias de la interferencia del cliente en la tecnología de seguridad de la mercancía suministrada. Brüggen no será responsable si el contrato no puede ejecutarse según lo acordado en el momento de su formación debido a medidas legales o soberanas posteriores. Brüggen tampoco será responsable de los impedimentos que se produzcan como consecuencia de acontecimientos naturales o políticos, actos de Estado, conflictos laborales, sabotajes, accidentes, terrorismo, procesos biológicos, físicos o químicos o circunstancias comparables y que no puedan ser controlados por Brüggen con medios razonables. Además, Brüggen sólo será responsable en la medida en que el cliente demuestre que los órganos ejecutivos o los miembros del personal de Brüggen han incumplido de forma deliberada o negligente las obligaciones contractuales contraídas con el cliente.
c) En caso de responsabilidad, Brüggen compensará, dentro de los límites de la lit. d), las pérdidas del cliente en la medida en que éste demuestre que ha sufrido una pérdida inevitable causada por el incumplimiento de las obligaciones que Brüggen debe al cliente y previsible para Brüggen, en el momento de la formación del contrato respecto a la ocurrencia de la pérdida y su cuantía. Además, el cliente está obligado a mitigar su pérdida tan pronto como tenga o deba tener conocimiento del incumplimiento del contrato.
d) Brüggen no será responsable del lucro cesante ni de los daños a la reputación. Además, el importe de la indemnización por daños y perjuicios por entrega tardía o inexistente se limita al 0,5% por cada semana completa de retraso, hasta un máximo del 5%, y en caso de subsanación por entrega de mercancía no conforme y/o con deficiencia en la titularidad se limita a un importe del 200% del valor de la parte no conforme del contrato. Sin embargo, este apartado no se aplica a los daños a la vida, la integridad física o la salud, a la ocultación intencionada de la falta de conformidad o de la falta de titularidad de los bienes y a los incumplimientos de las obligaciones contractuales debidos a daños intencionados o negligencia grave.
e) En caso de incumplimiento de obligaciones contractuales, precontractuales o derivadas de la relación comercial debida al cliente, Brüggen está obligada a indemnizar por daños y perjuicios exclusivamente conforme a lo dispuesto en las presentes Condiciones Internacionales de Venta. Queda excluido cualquier recurso a bases de reclamación concurrentes, en particular de naturaleza extracontractual. Queda igualmente excluido cualquier recurso contra los órganos de la empresa Brüggen, empleados, trabajadores, miembros del personal, representantes y/o personas empleadas por Brüggen en el cumplimiento de sus obligaciones por incumplimiento de las obligaciones contractuales debidas por Brüggen.
f) Siempre que el plazo de prescripción no haya prescrito ya, las reclamaciones de indemnización por daños y perjuicios presentadas por el cliente quedarán excluidas transcurridos seis (6) meses a partir del rechazo de la reclamación de indemnización por daños y perjuicios por parte de Brüggen.
2. Independientemente de los derechos legales o contractuales subsistentes, el cliente estará obligado a indemnizar a Brüggen de la siguiente forma:
a) En caso de demora en el pago, el cliente deberá abonar una suma a tanto alzado de 50,00 EUR, los costes de los medios y procedimientos arbitrales, judiciales y extrajudiciales, habituales y devengados dentro del país y en el extranjero, así como (sin que sea necesaria prueba alguna) intereses al tipo aplicable en 23568 Lübeck/Alemania para préstamos a corto plazo sin garantía en la divisa acordada, al menos sin embargo intereses al 9 por ciento sobre el tipo base del Banco Federal Alemán (Deutsche Bundesbank).
b) En caso de que el cliente se retrase en la recepción de la mercancía más de dos (2) semanas, Brüggen tendrá derecho a reclamar una indemnización por daños y perjuicios del 5 por ciento del valor de la mercancía a entregar, sin necesidad de justificación. En caso de que el cliente se retrase en la recepción de la mercancía más de seis (6) semanas o no la reciba en su totalidad, así como en caso de que la falta de entrega se deba a un incumplimiento del contrato por parte del cliente, Brüggen tendrá derecho a reclamar una indemnización por daños y perjuicios del 20% del valor de la mercancía a entregar, sin necesidad de justificación.
c) Si el contrato ha sido resuelto por el cliente de forma injustificada, Brüggen tendrá derecho, en la medida en que consienta la resolución, a reclamar daños y perjuicios sin necesidad de prueba por un importe del 20 por ciento del valor de la mercancía a entregar.
3. Dentro de los límites de lo legalmente posible así como de lo habitual en el comercio, el cliente está obligado en sus relaciones comerciales con sus clientes a limitar su responsabilidad tanto en principio como en cuantía.
VIII. Otras disposiciones
1. Brüggen se reserva la propiedad de la mercancía suministrada hasta la liquidación de todos los créditos existentes frente al cliente. La reserva de propiedad no afectará a la asignación de riesgos en cuanto a precio y rendimiento del apartado III.-9.
2. Independientemente de las reclamaciones legales o contractuales subsistentes, el cliente indemnizará a Brüggen de forma ilimitada por todas las reclamaciones de terceros que se interpongan contra Brüggen por responsabilidad del producto o disposiciones similares, en la medida en que la responsabilidad se base en circunstancias que -como, por ejemplo, la presentación del producto- hayan sido causadas por el cliente u otros terceros sin el consentimiento expreso y por escrito de Brüggen. En particular, la indemnización también incluye el reembolso de los gastos en los que haya incurrido Brüggen y la concede el cliente renunciando a otras condiciones u otras objeciones, en especial sin exigir el cumplimiento de las obligaciones de control y retirada, y renunciando a cualquier excepción de prescripción.
3. Brüggen se reserva todos los derechos de propiedad, derechos de autor, otros derechos de propiedad industrial y derechos de know-how sobre las imágenes, dibujos, cálculos y otros documentos y programas informáticos puestos a disposición por Brüggen en forma material o electrónica.
4. Salvo objeción por escrito del cliente, los datos personales que Brüggen reciba del cliente en la ejecución de las actividades contempladas en estas Condiciones Internacionales de Venta serán procesados por Brüggen y también por proveedores de servicios ubicados en Alemania o en el extranjero.
5. La transmisión de documentos electrónicos (EDI) requiere acuerdos especiales.
6. Todas las comunicaciones, declaraciones, notificaciones, etc. se redactarán exclusivamente en alemán o inglés. Las comunicaciones por fax o correo electrónico cumplen el requisito de ser por escrito.
IX. Bases generales de los contratos
1. El lugar de entrega resulta del apartado III.-5. de estas Condiciones Internacionales de Venta y se aplica igualmente a la entrega de mercancía de sustitución o a la reparación de la mercancía entregada. 2. El lugar de pago y cumplimiento para todas las demás obligaciones derivadas de la relación jurídica entre Brüggen y el cliente es 23568 Lübeck/Alemania. Estas disposiciones también se aplicarán si Brüggen asume los costes de envío de dinero, realiza prestaciones para el cliente en otro lugar o el pago debe realizarse a cambio de documentos o mercancías o en caso de restitución de prestaciones ya realizadas. El acuerdo de otras cláusulas de los Incoterms o de cláusulas como «entrega franco…….» u otras similares sólo implica una variación de las disposiciones en cuanto al transporte y los costes de transporte; por lo demás, siguen siendo aplicables las disposiciones establecidas en estas Condiciones Internacionales de Venta.
2. La Convención de las Naciones Unidas de 11 de abril de 1980 sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías / CISG) en su versión inglesa rige la relación jurídica con el cliente. La Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías se aplica, más allá de su propio ámbito de aplicación, y con independencia de las reservas adoptadas por otros Estados, a todos los contratos a los que deban aplicarse las presentes Condiciones Internacionales de Venta de conformidad con las disposiciones de la sección I.
3. La formación del contrato, incluidos los acuerdos sobre la jurisdicción de los tribunales y árbitros, sus modificaciones o alteraciones, y los derechos y obligaciones contractuales de las partes, incluida también la responsabilidad por muerte o daños personales causados por las mercancías a cualquier persona y el incumplimiento de las obligaciones precontractuales y colaterales, así como la interpretación se rigen exclusivamente por la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías junto con las presentes Condiciones Internacionales de Venta. Cuando se utilicen condiciones comerciales estándar, en caso de duda se aplicarán los Incoterms® 2010 de la Cámara de Comercio Internacional teniendo en cuenta las disposiciones estipuladas en estas Condiciones Internacionales de Venta. A reserva de disposiciones diferentes en las presentes Condiciones Internacionales de Venta, el resto de la relación jurídica entre las partes se rige por el Código Suizo de Obligaciones.
4. Todos los litigios contractuales y extracontractuales, así como los litigios de derecho concursal, derivados o relacionados con los contratos a los que se aplican las presentes Condiciones Internacionales de Venta, incluida su validez, nulidad, incumplimiento o rescisión, así como otros litigios derivados de la relación comercial con el cliente, se resolverán definitivamente, sin recurrir a los tribunales ordinarios, mediante arbitraje de conformidad con el Reglamento Suizo de Arbitraje Internacional (Reglamento Suizo) vigente en la fecha de recepción de la Notificación de Arbitraje de conformidad con el presente Reglamento. El tribunal estará compuesto por tres (3) árbitros, de los cuales uno (1) será designado por el demandante, uno (1) por el demandado y el presidente del tribunal será designado por los dos árbitros así designados, o si la cuantía en litigio es inferior a 250.000 euros, habrá un (1) árbitro designado según el Reglamento Suizo de Arbitraje Internacional. La sede del arbitraje será Zúrich/Suiza, los idiomas utilizados en el procedimiento arbitral serán el alemán y/o el inglés. La competencia del Tribunal Arbitral excluye especialmente toda competencia estatutaria de los tribunales estatales, prevista en razón de una relación personal o sustantiva. Si esta cláusula de arbitraje es ineficaz o deja de serlo, se acuerda en su lugar la competencia no exclusiva de los tribunales competentes para 23568 Lübeck/Alemania para todos los litigios. Si el domicilio social del cliente se encuentra en el Espacio Económico Europeo (EEE) o en Suiza, independientemente de la ineficacia de la cláusula de arbitraje y en lugar de interponer una demanda ante el tribunal de arbitraje, Brüggen también tendrá derecho a interponer una demanda ante el tribunal estatal competente para 23568 Lübeck/Alemania o el tribunal estatal del domicilio social del cliente.
5. Si las disposiciones de las presentes Condiciones Internacionales de Venta fueran o devinieran parcial o totalmente ineficaces, las restantes disposiciones seguirán siendo de aplicación. Las partes están obligadas a sustituir la disposición ineficaz por una disposición jurídicamente válida, lo más cercana posible al significado comercial y a la finalidad de la disposición ineficaz.
2017 Prof. Dr. Burghard Piltz, Alemania